Viajar con mascotas ya es legal en micros y trenes de larga distancia
El Gobierno habilitó el traslado de animales domésticos en servicios de larga distancia y fijó nuevas reglas para pasajeros y empresas.
- Volanta: Nueva normativa
El transporte de larga distancia en Argentina atraviesa un cambio clave para miles de familias: el Gobierno nacional autorizó oficialmente viajar con mascotas en micros y trenes de jurisdicción nacional. La decisión fue formalizada a través de una resolución del Ministerio de Economía, que modifica criterios históricos y adapta la normativa a las nuevas demandas sociales.
La medida, impulsada por la Secretaría de Transporte, busca eliminar restricciones que impedían el traslado de animales domésticos, al tiempo que establece condiciones claras para garantizar el bienestar animal, la seguridad de los pasajeros y la calidad del servicio.
Según el texto oficial, la autoridad de aplicación tendrá la potestad de definir días, horarios y modalidades en los que se permitirá viajar con mascotas, alineando el sistema con estándares internacionales y con el Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos.

Reglas claras para viajar con animales
El pasajero será responsable absoluto de la custodia, salud y seguridad del animal durante todo el trayecto. Además, deberá evitar cualquier situación que genere molestias o riesgos para el resto de los usuarios. El traslado solo estará permitido mediante un transportín o contenedor cerrado, especialmente diseñado para animales. Este podrá ubicarse sobre el regazo, debajo del asiento delantero o en un asiento junto a la ventana, siempre correctamente asegurado con cinturón de seguridad si ocupa una butaca.
También será obligatorio presentar la constancia de vacunación antirrábica y la documentación sanitaria exigida por la normativa vigente. Solo se permitirá un animal por pasajero mayor de edad y no más de uno por contenedor.
¿Habrá que pagar un extra?
La resolución habilita a las empresas de transporte automotor y ferroviario a establecer una tarifa específica por el traslado de mascotas, de acuerdo con criterios comerciales. Sin embargo, los perros guía o de asistencia que acompañen a personas con discapacidad estarán exentos de pago, tal como lo establece la ley 26.858.
Por último, las compañías podrán reorganizar recorridos y frecuencias para identificar qué servicios admitirán animales, facilitando la planificación de viajes en todo el país.

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