El Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad
La medida fue oficializada por decreto tras un fallo judicial y redefine los criterios de acceso, control y permanencia de las pensiones no contributivas para personas con discapacidad.
- Volanta: Nuevo Régimen
El Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y estableció los procedimientos operativos para un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinadas a personas con discapacidad. La decisión fue publicada en el Boletín Oficial mediante el Decreto 84/2026, firmado por el presidente Javier Milei, y responde a una orden judicial que exigía la aplicación inmediata de la norma.
La reglamentación se dictó luego de una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que declaró la invalidez de un decreto previo que había suspendido la ejecución de la ley por falta de financiamiento. El nuevo marco normativo define los criterios de acceso a las pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control, con el objetivo de garantizar transparencia y sustentabilidad del sistema.
El decreto incorpora además a la Secretaría Nacional de Discapacidad dentro del Ministerio de Salud, centralizando en esa cartera la política pública en la materia. La norma instruye a ese organismo a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías en un plazo de 30 días, al tiempo que dispone la conversión automática de las pensiones vigentes al nuevo régimen de Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social.

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