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Se prorrogó el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales hasta el 28 de febrero

Felipe Carrizo, representante del Departamento Técnico Tributario de la DGR, comentó que a través del régimen se pueden regularizar deudas vencidas y exigibles al 30 de septiembre de 2024 de los impuestos provinciales, incluyendo sus intereses, recargos y multas.

Se prorrogó el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales hasta el 28 de febrero
  • Volanta: Rentas

La Dirección General de Rentas informó que, por decisión del Poder Ejecutivo Provincial, se prorrogó hasta el 28 de febrero del 2025 el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales.

Felipe Carrizo, representante del Departamento Técnico Tributario de la DGR, comentó que a través del régimen se pueden regularizar deudas vencidas y exigibles al 30 de septiembre de 2024 de los impuestos provinciales, incluyendo sus intereses, recargos y multas.

También explicó que se pueden regularizar las deudas de los tributos que se encuentren en planes de facilidades de pago caducos o por deudas originadas en ajustes resultantes de la actividad fiscalizadora de la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS o que la misma se encuentre en trámite administrativo o judicial de cobro.

Beneficios 

“Los beneficios que otorga el régimen de facilidades son: Bonificación del 100% de los intereses que se devengaron hasta el 31 de diciembre de 2020”, dijo Carrizo. 

Por los intereses devengados a partir del 1 de enero de 2021, sostuvo que tendrán reducciones de hasta el 50 % según la modalidad de pagos que se opte para de cancelación de la deuda.

La condición para adherirse al régimen: al momento de efectuar la solicitud deben encontrarse cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias que vencieron a partir del 1 de OCTUBRE de 2024 у hasta las que vencen en el mes de FEBRERO de 2025.

La solicitud de adhesión al régimen se realiza íntegramente a través de la página web de la DGR: www.rentastucuman.gob.ar.

Por cualquier duda y asesoramiento, los contribuyentes también pueden dirigirse personalmente vía telefónica a la Dirección General de Renta que atiende de lunes a viernes de 8.15 a 13.15.

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22 de Febrero de 2025
 
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